EXPEDIENTE N° 003/2017


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Expediente N° 003/2017

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Denunciante: De oficio
Denunciado:

  • Hometv S.A.C.
  • R Y M Telecom S.R.Ltda.
  • Red Intercable Perú S.A.C.
  • TV Cable Digital E.I.R.L.


Inicio: 15/09/2017
Conclusión: 08/06/2018
Estado: Concluido
Solicitud:De oficio
Materia:Competencia Desleal

Descripción:Mediante Resolución N° 031-2018-CCP/OSIPTEL de fecha 8 de junio de 2018, el Cuerpo Colegiado Permanente declaró la responsabilidad administrativa de las empresas Hometv S.A.C., R y M Telecom S.R.Ltda., Red Intercable Perú S.A.C. y TV Cable Digital E.I.R.L., por la comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de violación de normas, infracción tipificada en el literal a) del artículo 14.2 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por Decreto Legislativo N° 1044.
En consecuencia, el Cuerpo Colegiado Permanente dispuso sancionar a cada una de las empresas infractoras de la siguiente manera, de conformidad con los criterios establecidos en la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por Decreto Legislativo N° 1044: i) Hometv S.A.C., con una Amonestación por la comisión de una infracción leve; ii) R Y M Telecom S.R.Ltda., con una multa de quince punto uno (15.1) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por la comisión de una infracción grave; iii) Red Intercable Perú S.A.C., con una Amonestación por la comisión de una infracción leve; y, iv) TV Cable Digital E.I.R.L., con una Amonestación por la comisión de una infracción leve.
Cabe indicar que la Resolución del Cuerpo Colegiado Permanente no fue apelada ante el Tribunal de Solución de Controversias, por lo que el pronunciamiento quedó consentido en primera instancia.

Cuerpo Colegiado:

  • Rodolfo Ernesto Castellanos Salazar – Presidente
  • María Luisa Egúsquiza Mori – Titular
  • Abel Rodríguez González – Titular