EXPEDIENTE N° 004/2016


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Expediente N° 004/2016

Expedientes

Denunciante: De oficio
Denunciados:

  • Comunicaciones Cable Futuro S.R.Ltda.
  • P & S Comunicaciones S.A.C.
  • Telecable Maneco Visión S.R.L.


Inicio:14/11/2016
Conclusión: 28/11/2017
Estado: Concluido
Solicitud: De oficio
Materia:Competencia Desleal

Descripción:Mediante Resolución N° 004-2017-CCP/OSIPTEL de fecha 28 de noviembre de 2017, el Cuerpo Colegiado Permanente declaró la responsabilidad administrativa de las empresas Comunicaciones Cable Futuro S.R.Ltda., P & S Comunicaciones S.A.C. y Telecable Maneco Visión S.R.L., por la comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de violación de normas, infracción tipificada en el literal a) del artículo 14.2 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por Decreto Legislativo N° 1044.
En consecuencia, el Cuerpo Colegiado dispuso sancionar a cada una de las empresas infractoras de la siguiente manera, de conformidad con los criterios establecidos en la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por Decreto Legislativo N° 1044: i) Comunicaciones Cable Futuro S.R.Ltda., con una Amonestación por la comisión de una infracción grave; ii) P & S Comunicaciones S.A.C., con una multa de seis punto dos (6.2) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) por la comisión de una infracción leve; y, iii) Telecable Maneco Visión S.R.L., con una Amonestación por la comisión de una infracción leve.
Cabe indicar que la Resolución del Cuerpo Colegiado Permanente no fue apelada ante el Tribunal de Solución de Controversias, por lo que el pronunciamiento quedó consentido en primera instancia.

Cuerpo Colegiado:

  • Rodolfo Ernesto Castellanos Salazar – Presidente
  • Lorena Alcázar Valdivia – Titular
  • María Luisa Egúsquiza Mori – Titular
  • Abel Rodríguez González – Titular