EXPEDIENTE N° 005-2014


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Expediente N° 005-2014

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Denunciante:Devaos Altura Televisión por Cable E.I.R.L. (DEVAOS)
Denunciado: HHBB Televisión S.A.C. (en adelante, HHBB)
Inicio:28/08/2014
Conclusión: 05/06/2015
Estado: Concluido
Solicitud:De parte
Materia: Competencia Desleal

Descripción:Mediante Resolución N° 008-2015-CCO/OSIPTEL de fecha 05 de junio de 2015, el Cuerpo Colegiado declaró infundados los pedidos de nulidad de la resolución de inicio y de todo lo actuado en el presente procedimiento formulados por HHBB Televisión S.A.C. Asimismo, declaró la confidencialidad de la información referida a los aportes mensuales por el Derecho Especial realizados al FITEL por diversas empresas prestadoras del servicio de distribución de radiodifusión por cable. De otro lado, declaró fundada la denuncia presentada por DEVAOS contra HHBB por la comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de violación de normas, supuesto ejemplificado en el artículo 14º del Decreto Legislativo N° 1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal. En consecuencia, se SANCIONA a HHBB con una multa de 58.77 UIT por la comisión de una infracción grave, de conformidad con los criterios establecidos en la Ley de Represión de la Competencia Desleal y el principio de conducta procedimental.

Cuerpo Colegiado:

  • Rodolfo Castellanos Salazar – Presidente
  • Teresa Guadalupe Ramírez Pequeño – Titular
  • Lorena Alcázar Valdivia – Titular