EXPEDIENTE N° 005-2018-CCO-ST/CI


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Expediente N° 005-2018-CCO-ST/CI

Expedientes

Reclamante: Azteca Comunicaciones Perú S.A.C.
Reclamado: Red Eléctrica del Sur S.A.
Inicio: 13/09/2018
Conclusión: 06/07/2021
Estado: Concluido
Solicitud: De parte
Materia: Acceso y uso compartido de infraestructura

Descripción: Mediante Resolución N° 034-2021-CCO/OSIPTEL de fecha 27 de enero de 2021, el Cuerpo Colegiado Ad Hoc resolvió declarar fundada la pretensión principal presentada por Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. contra Red Eléctrica del Sur S.A., referida a que la contraprestación fijada en el marco del Contrato de Compartición excede la máxima retribución por uso compartido de infraestructura de Red Eléctrica del Sur S.A. podía exigir a por Azteca Comunicaciones Perú S.A.C., al haberse atribuido erróneamente un valor igual a uno (1) al denominador “Na”, en lugar de tres (3), en aplicación del Precedente de Observancia Obligatorio aprobado por Resolución N° 00026-2020-TSC/OSIPTEL.

Asimismo, declaró fundada en parte la pretensión accesoria de la pretensión principal contenida en la reclamación de Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. contra Red Eléctrica del Sur S.A., referida a la devolución del importe ascendente a US$ 1,144,374.79. En consecuencia, ordenó a Red Eléctrica del Sur S.A. la devolución a Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. del importe ascendente a US$ 850,129.86, sin IGV, calculado con un “Na” igual a tres (3), en aplicación del Precedente de Observancia Obligatorio aprobado por Resolución N° 00026-2020-TSC/OSIPTEL.

Cabe indicar que, la Resolución N° 034-2021-CCO/OSIPTEL fue apelada por Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. y Red Eléctrica del Sur S.A. Al respecto, mediante Resolución N° 00018-2021-TSC/OSIPTEL de fecha 25 de junio de 2021, el Tribunal de Solución de Controversias del OSIPTEL declaró infundado el recurso de apelación presentado por Red Eléctrica del Sur S.A. y fundado en parte el recurso de apelación presentado por Azteca Comunicaciones Perú S.A.C.; y, en consecuencia, modificó el importe que se le ordenó devolver a Red Eléctrica del Sur S.A. de la suma de US$ 850 129.86 a la suma de US$ 1 080 151.80 correspondiente al cobro en exceso por concepto de contraprestación periódica por el acceso y uso de infraestructura eléctrica en el periodo de reclamación.

Cuerpo Colegiado Ad Hoc

  • Tania Zúñiga Fernández – Presidente
  • Renzo Rojas Jiménez – Miembro
  • Laura Montalvo Mundaca – Miembro