Expediente N° 012-2018-CCO-ST/CI – Cuaderno Principal
Expedientes
Administrado:
- Azteca Comunicaciones Perú S.A.C.
- Statkraft Perú S.A.
- Inversiones Shaqsha S.A.C.
Materia: Compartición de Infraestructura
Apelación: Resolución N° 026-2020-CCO/OSIPTEL
Descripción:
PRIMERO: Declarar FUNDADO EN PARTE el Recurso de Apelación interpuesto por Azteca Comunicaciones Perú S.A.C. contra la Resolución Nº 026-2020-CCO/OSIPTEL emitida por Cuerpo Colegiado Ad Hoc, en los extremos referidos a la primera pretensión principal, la pretensión accesoria de la primera pretensión principal y la pretensión accesoria de la segunda pretensión principal; y en consecuencia corresponde:
(i) REVOCAR dicha resolución en los artículos primero, segundo y cuarto; y reformándola, se declaran FUNDADA la primera pretensión principal, la pretensión accesoria de la primera pretensión principal y FUNDADA EN PARTE la pretensión accesoria de la segunda pretensión principal, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolución.
(ii) ORDENAR a Statkraft Perú S.A. la devolución del monto de US$ US$ 148 192.62 y a Inversiones Shaqsha S.A.C. la devolución del monto de US$ 47 867.36, que ascienden a un total de US$ 196 059.98, correspondiente al cobro en exceso por concepto de contraprestación periódica por el acceso y uso de infraestructura eléctrica en el periodo de reclamación, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolución.
(iii) ORDENAR a Statkraft Perú S.A. la devolución del monto de US$ 117 437.66, incluido IGV y a Inversiones Shaqsha S.A.C. la devolución del monto de US$ 14 225.9, incluido IGV, cobrados en ejecución de la Carta Fianza N° 0011-0910-9800340947-75, así como la devolución por parte de ambas empresas de la diferencia por el pago de los intereses moratorios, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolución.
SEGUNDO: Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por Statkraft Perú S.A. e Inversiones Shaqsha S.A.C. contra la Resolución Nº 026-2020-CCO/OSIPTEL; y en consecuencia, CONFIRMAR dicha resolución en los artículos tercero y quinto, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la presente resolución.
TERCERO: DESESTIMAR la solicitud de nulidad de la Resolución Nº 026-2020-CCO/OSIPTEL, formulada por Statkraft Perú S.A. e Inversiones Shaqsha S.A.C.
CUARTO: ENCARGAR a la Secretaría Técnica Adjunta del Tribunal de Solución de Controversias la remisión de la presente resolución a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del OSIPTEL y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.