EXPEDIENTE N° 012-2020-CCP-ST/CD


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Expediente N° 012-2020-CCP-ST/CD

Expedientes

Denunciante: De oficio
Denunciando: Artemisa Linares Chujutalli
Inicio: 27/10/2020
Conclusión: 09/11/2021
Estado: Concluido
Solicitud: De Oficio
Materia: Competencia Desleal

Descripción: Mediante Resolución N° 062-2021-CCP/OSIPTEL, de fecha 23 de julio de 2021, el Cuerpo Colegiado Permanente resolvió declarar la responsabilidad administrativa de la señora Artemisa Linares Chujutalli por la comisión de actos de competencia desleal en la modalidad de violación de normas, infracción tipificada en el artículo 14.1 y el literal a) del artículo 14.2 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por Decreto Legislativo N° 1044.

En consecuencia, se sancionó a Artemisa Linares Chujutalli con una multa ascendente a veintisiete punto cinco (27.5) UIT, por incurrir en la infracción tipificada en el artículo 14.1 y el literal a) del artículo 14.2 del Decreto Legislativo N° 1044, infracción calificada como leve.

La Resolución N° 062-2021-CCP/OSIPTEL fue apelada por Artemisa Linares Chujutalli el 17 de agosto de 2021. Al respecto, mediante Resolución N° 031-2021-TSC/OSIPTEL de fecha 9 de noviembre de 2021, el Tribunal de Solución de Controversias del OSIPTEL desestimó la solicitud de nulidad de la Resolución N° 062-2021-CCP/OSIPTEL y declaró fundado en parte el recurso de apelación, modificando la multa impuesta de veintisiete punto cinco (27.5) a tres punto tres (3.3) UIT.

Cuerpo Colegiado Permanente

  • Rodolfo Ernesto Castellanos Salazar – Presidente
  • Lorena Alcázar Valdivia – Titular
  • Teresa Guadalupe Ramírez Pequeño
  • José Santos Rodríguez González - Títular