Expediente N° 015-2022-CCP-ST/CD – Cuaderno Principal
Expedientes
Denunciante: De Oficio
Denunciando: Multivisión S.R.L.
Inicio: 20/12/2022
Conclusión: 6/3/2024
Estado: Concluido
Solicitud: De Oficio
Materia: Competencia Desleal
Descripción:
Mediante la Resolución N° 00050-2023-CCP/OSIPTEL, de fecha 31 de octubre de 2023, el Cuerpo Colegiado Permanente resolvió declarar la responsabilidad administrativa de Multivisión S.R.L., por incurrir en la comisión de actos de competencia desleal, en la modalidad de violación de normas, infracción tipificada en el párrafo 14.1 y el literal a) del párrafo 14.2 del artículo 14 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1044.
En consecuencia, se sancionó a Multivisión S.R.L. con una multa de sesenta punto nueve (60.9) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por incurrir en la comisión de dicha infracción, calificada como grave.
La Resolución N° 00050-2023-CCP/OSIPTEL fue apelada por Multivisión S.R.L. Al respecto, mediante la Resolución N° 00008-2024-TSC/OSIPTEL, del 5 de marzo de 2024, el Tribunal de Solución de Controversias del Osiptel resolvió –entre otros– declarar infundado el recurso de apelación de Multivisión S.R.L.; y, en consecuencia, confirmar la precitada resolución en el extremo que declaró la responsabilidad administrativa de Multivisión S.R.L. por incurrir en la infracción tipificada en el párrafo 14.1 y literal a) del párrafo 14.2 del artículo 14 de la Ley de Represión de la Competencia Desleal, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1044, sancionándola con una multa de sesenta punto nueve (60.9) unidades impositivas tributarias (UIT), por la infracción grave.
Cuerpo Colegiado Permanente:
- Hebert Eduardo Tassano Velaochaga – Presidente.
- José Santos Rodríguez González – Titular.
- Raúl Lizardo García Carpio – Titular.
