EXPEDIENTE N° 019-2018-CCO-ST/CI – PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR


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Expediente N° 019-2018-CCO-ST/CI – Procedimiento Administrativo Sancionador

Expedientes

Denunciante: Azteca Comunicaciones Perú S.A.C.
Denunciando: Proyecto Especial Olmos Tinajones
Inicio: 08/04/2021
Conclusión: 18/04/2022
Estado: Concluido
Solicitud: De parte
Materia: Sancionador

Descripción:

Mediante Resolución N° 002-2021-CCO-PAS/OSIPTEL de 15 de noviembre de 2021, el Cuerpo Colegiado Ad Hoc resolvió declarar la responsabilidad administrativa de Proyecto Especial Olmos Tinajones por la comisión de la infracción tipificada en el artículo 15 del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 087-2013-CD/OSIPTEL.

En consecuencia, se sancionó a Proyecto Especial Olmos Tinajones con una multa de ciento cincuenta y un (151) UIT por incurrir en la infracción tipificada como muy grave en el artículo 15 del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 087-2013-CD/OSIPTEL.

La Resolución N° 002-2021-CCO-PAS/OSIPTEL fue apelada por Proyecto Especial Olmos Tinajones. Al respecto, mediante Resolución Nº 00010-2022-TSC/OSIPTEL de 31 de marzo de 2022, el Tribunal de Solución de Controversias, entre otros aspectos, confirmo la Resolución N° 002-2021-CCO-PAS/OSIPTEL, en el extremo que determinó la responsabilidad administrativa del Proyecto Especial Olmos Tinajones por el incumplimiento del artículo tercero de la Resolución N° 002-2020-TSC/OSIPTEL, y modificó la multa impuesta de 151 (UIT) a 53.9 (UIT) por incurrir en la infracción tipificada en el artículo 15 del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 087-2013-CD/OSIPTEL, variando la calificación de la infracción administrativa de muy grave a grave.


Cuerpo Colegiado Ad Hoc

  • José Luis Luna Campodónico – Presidente
  • Laura Montalvo Mundaca – Titular
  • Jorge Francisco Li Ning Chaman – Titular