EXPEDIENTE Nº 002/2011 (PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR)
Expedientes
Denunciante:De oficio
Denunciado: Telefónica del Perú S.A.A. (TELEFONICA)
Inicio: 27 - febrero - 2012
Conclusión: 11- marzo - 2013
Estado: Concluido
Solicitud: De oficio
Materia:Sancionador
Descripción:Mediante Resolución Nº 003-2012-CCO-PAS/OSIPTEL, de fecha 21 de diciembre de 2012, el Cuerpo Colegiado declaró fundado el procedimiento de oficio contra TELEFONICA, iniciado por la presunta infracción al artículo 23 del Reglamento General del OSIPTEL para la Solución de Controversias entre Empresas (suspensión del servicio por fundamentos vinculados al objeto de una controversia) y al artículo 44 del Reglamento General de Infracciones y Sanciones (incumplimiento de resoluciones emitidas por el Cuerpo Colegiado). En consecuencia, dispuso sancionar a TELEFONICA con multas de 51 UITs y 151 UITs por las infracciones al Reglamento de Controversias y al Reglamento de Infracciones y Sanciones, respectivamente.
Mediante Resolución Nº 005-2013-TSC/OSIPTEL de fecha 11 de marzo de 2013, el Tribunal de Solución de Controversias, en segunda instancia, declaró infundado el recurso de apelación presentado por TELEFONICA y confirmó la resolución Nº 003-2012-CCO-PAS/OSIPTEL. Asimismo, el Tribunal resolvió llamar la atención a TELEFONICA para que, en lo sucesivo, cuide la exactitud de las afirmaciones que sustenten sus pretensiones. En consecuencia, el procedimiento concluyó en la segunda instancia administrativa.
Cuerpo Colegiado:
- Galia Mac Kee – Presidente
- Rodolfo Castellanos – Titular
- José Rodríguez – Titular
