EXPEDIENTE Nº 016-2018-CCO-ST/CI – PROCEDIMIENTO SANCIONADOR


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Expediente Nº 016-2018-CCO-ST/CI – Procedimiento Sancionador

Expedientes

Denunciante: De oficio
Denunciado:Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A.
Inicio:17/02/2023
Conclusión: 23/01/2024
Estado: Concluido
Solicitud: De Oficio
Materia: Procedimiento Administrativo Sancionador

Descripción:

Mediante la Resolución N° 00046-2023-CCP/OSIPTEL, de fecha 18 de setiembre de 2023, el Cuerpo Colegiado Permanente resolvió declarar la responsabilidad administrativa de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A., por la comisión de la infracción tipificada en el artículo 15 del Reglamento General de Infracciones y Sanciones del Osiptel, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 00087-2013-CD/OSIPTEL y sus modificatorias.

En consecuencia, se sancionó a Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. con una multa de cinco punto tres (5.3) Unidades Impositivas Tributarias, por incurrir en la comisión de dicha infracción, variando su calificación de muy grave a leve, por aplicación del principio de irretroactividad (principio de retroactividad benigna) y considerando la aplicación del factor atenuante por cese de los actos que constituyen infracción administrativa.

La Resolución N° 00046-2023-CCP/OSIPTEL fue apelada por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. Al respecto, mediante la Resolución N° 00002-2024-TSC/OSIPTEL, del 17 de enero de 2024, el Tribunal de Solución de Controversias del Osiptel resolvió –entre otros– confirmar la precitada resolución en el extremo que declaró la responsabilidad administrativa de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A. por incurrir en la infracción tipificada en el artículo 15 del Reglamento General de Infracciones y Sanciones, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 00087-2013-CD/OSIPTEL y su modificatoria; y –a su vez– modificó la multa impuesta de cinco punto tres (5.3) a tres punto siete (3.7) Unidades Impositivas Tributarias.

Cuerpo Colegiado Permanente:

  • Hebert Eduardo Tassano Velaochaga – Presidente.
  • Teresa Guadalupe Ramírez Pequeño – Titular.
  • José Santos Rodríguez González – Titular.
  • Raúl Lizardo García Carpio – Titular.