RESOLUCIÓN: N° 022-2022-TSC/OSIPTEL


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Resolución: N° 022-2022-TSC/OSIPTEL

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Expediente N° 017-2021-CCO-ST/IX – Cuaderno Principal

Administrado:

  • Entel Perú S.A.
  • América Móvil Perú S.A.C.                             

Materia: Interconexión

Apelación: Resolución N° 0016-2022-CCO/OSIPTEL

Descripción:

Primero.- Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por Entel Perú S.A. contra la Resolución N° 016-2022-CCO/OSIPTEL emitida por el Cuerpo Colegiado Ad Hoc con fecha 25 de febrero de 2022; y en consecuencia corresponde:

  • (i) DESESTIMAR la solicitud de nulidad de la Resolución N° 016-2022-CCO/OSIPTEL formulada por Entel Perú S.A, de acuerdo con los fundamentos expuestos en la presente resolución.
  • (ii) CONFIRMAR la Resolución N° 016-2022-CCO/OSIPTEL, emitida por Cuerpo Colegiado Ad Hoc el 25 de febrero de 2022, en el extremo que declaró improcedente la reclamación presentada por Entel Perú S.A. contra América Móvil Perú S.A.C. respecto de los meses de agosto a noviembre de 2019; de acuerdo con los fundamentos expuestos en la presente resolución.
  • (iii) REVOCAR la Resolución N° 016-2022-CCO/OSIPTEL, emitida por el Cuerpo Colegiado Ad Hoc, en el extremo que declaró improcedente la reclamación presentada por Entel Perú S.A. contra América Móvil Perú S.A.C. respecto de los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020; de acuerdo con los fundamentos expuestos en la presente resolución.
  • (iv) ORDENAR a Entel Perú S.A. y América Móvil Perú S.A.C. que efectúen la liquidación de los cargos aplicables al tipo de tráfico “Entel a LDI Vía Claro”, correspondiente a los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020, siguiendo el procedimiento de conciliación detallada regulado en el Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución.
  • (v) ORDENAR a Entel Perú S.A. y América Móvil Perú S.A.C. que acrediten el cumplimiento de lo ordenado en el numeral anterior, en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado en dicho numeral.

Segundo.- Notificar a las empresas Entel Perú S.A. y América Móvil Perú S.A.C. la presente Resolución.