Mandato para la Liberación de Interferencias de redes de Telecomunicaciones / Conclusión de Procedimiento, administrados a la empresa empresa América Móvil Perú S.A.C. y al Gobierno Regional de Arequipa.
Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por Telefónica del Perú S.A.A. contra el Mandato de Interconexión dictado mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 131-2017-CD/OSIPTEL, de conformidad con lo expuesto en el Informe N° 003-GPRC/2018 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia.
Declarar concluido el procedimiento de emisión de Mandato de Compartición de Infraestructura tramitado en el Expediente N° 003-2017-CD-GPRC/MC entre las empresas Telefónica del Perí S.A.A. y Lus del Sur S.A.A.,