Demandante:Telefónica del Perú S.A.A.
Demandado: Nortek Communications S.A.C.
Inicio: 12 - dic - 2003
Conclusión: 09 - mar - 2005
Estado: Culminado
Solicitud:De parte
Materia: Interconexión
Descripción:Controversia iniciada por presunto incumplimiento por parte de Nortek de las normas de interconexión, así como el Mandato de Interconexión N° 02-99-GG/OSIPTEL.
El CCO declaró improcedente la demanda presentada por Telefónica, en el extremo referido a las presuntas infracciones que habría cometido Nortek al Plan Técnico Fundamental de Numeración, dejando a salvo el derecho de Telefónica a solicitar un pronunciamiento al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones respecto a los hechos materia de este punto de su demanda; e, Infundada la demanda presentada por Telefónica, en el extremo referido al presunto incumplimiento por parte de Nortek de las normas de interconexión, así como en el extremo correspondiente al presunto incumplimiento por parte de Nortek del Mandato de Interconexión
El Tribunal de Solución de Controversias confirmó la resolución apelada.
APELADA - TSC
Cuerpo Colegiado:
Demandante: Telefónica del Perú S.A.A.
Demandado: Nortek Communications S.A.C.
Materia: Interconexión.
Resolución Apelada: Resolución N° 007-2004-CCO/OSIPTEL.
Descripción: Controversia planteada por Telefónica del Perú contra Nortek Communications por el presunto incumplimiento por parte de Nortek de las normas de interconexión, así como el Mandato de Interconexión N° 02-99-GG/OSIPTEL.
El CCO declaró improcedente la demanda presentada por Telefónica, en el extremo referido a las presuntas infracciones al Plan Técnico Fundamental de Numeración, infundado el extremo referido al presunto incumplimiento de las normas de interconexión, así como el extremo correspondiente al presunto incumplimiento del Mandato de Interconexión.
El TSC confirmó la resolución del CCO.
Demandante:Teleandina S.A.
Demandado: Telefónica del Perú S.A.A.
Inicio: 18 - Set - 2003
Conclusión: 16 - Abr - 2004
Estado:Concluido
Solicitud:De parte
Materia: Interconexión
Descripción:TELEANDINA interpone demanda contra TELEFÓNICA, a fin que se declare como ilegal la suspensión del servicio de interconexión que TELEANDINA venía recibiendo en virtud del Mandato de Interconexión Nº 001-2000-GG/OSIPTEL. El CCO declaró infundada en todos los extremos la demanda de Teleandina por presuntas infracciones al artículo 4º del Reglamento General de Infracciones y Sanciones, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 002-99-CD/OSIPTEL, en las cuales habría incurrido la denunciada a través de la supuesta suspensión indebida de la interconexión brindada a la demandante. Asimismo declaró infundada la solicitud presentada por Telefónica para que se sancione a Teleandina por la interposición de una demanda presuntamente maliciosa.
APELADA - TSC
Cuerpo Colegiado:
Demandante: Telefónica Andina S.A.
Demandado: Telefónica del Perú S.A.A.
Materia: Interconexión.
Resolución Apelada: Resolución N° 017-2004-CCO/OSIPTEL.
Descripción: Controversia planteada por Teleandina contra Telefónica, a fin que se declare como ilegal la suspensión del servicio de interconexión que Teleandina venía recibiendo en virtud del Mandato de Interconexión aprobado por OSIPTEL.
El CCO declaró infundada la denuncia de Teleandina en todos los extremos. Asimismo declaró infundada la solicitud presentada por Telefónica para que se sancione a Teleandina por la interposición de una demanda presuntamente maliciosa.
El TSC confirmó la resolución en primera instancia.
Demandante:Empresa de Telecomunicaciones Multimedia Alfa E.I.R.L.
Demandado:Luz del Sur S.A.A.
Inicio: 17 - Set - 2003
Conclusión:13 - May - 2004
Estado:Concluido
Solicitud:De parte
Materia: Contrato de arrendamiento
Descripción:ALFATEL interpone demanda contra LUZ DEL SUR, por abuso de su posición de dominio en el mercado de postes en el Centro Poblado de Huaycán, al negarse injustificadamente a suscribir un contrato de arrendamiento de postes con ALFATEL.
El CCO aceptó el desistimiento de Empresa de Telecomunicaciones Multimedia Alfa E.I.R.L. respecto de la pretensión planteada en el procedimiento administrativo tramitado bajo el Expediente N° 015-2003-CCO-ST/IX-CD-LC y declaro concluido el procedimiento en primera instancia. Asimismo, denegó el pedido formulado por la señora Madeleine Ríos Vallejo para que se la declare demandante en el presente procedimiento en lugar de Empresa de Telecomunicaciones Multimedia Alfa E.I.R.L.
Cuerpo Colegiado:
Demandante:Ditel Corporation S.A.
Demandado:Telefónica del Perú S.A.A.
Inicio: 7 - Ago - 2003
Conclusión:16-Jul-2004
Estado:Concluido
Solicitud:De parte
Materia: Interconexión
Descripción:Controversia planteada por restitución de interconexión. El Cuerpo Colegiado declaró que se produjo la sustracción de la materia respecto de la demanda presentada por DITEL, dándose por conluido el procedimiento administrativo en primera instancia.
El Tribunal de Solución de Controversias declaró nula la resolución emitida por el CCO devolviendo el expediente a fin de que se continúe el trámite en primera instancia.
El CCO declaró infundada en todos sus extremos la demanda presentada por Ditel contra Telefónica por presuntas infracciones al Reglamento General de Infracciones y Sanciones, así como al Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión; declaró fundada la reconvención presentada por Telefónica contra Ditel, por haber presentado una demanda a sabiendas de la ausencia de motivo razonable para ello y con la intención de generar un perjuicio injustificado a Telefónica e, impuso a Ditel una multa de 35 UIT, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3º del Reglamento General de Infracciones y Sanciones, por las infracciones al artículo 50º del mencionado reglamento cometidas por esta empresa. Asimismo, el CCO ordenó la publicación de la presente resolución, una vez que la misma quede consentida o, en su caso, sea confirmada por el Tribunal de Solución de Controversias de OSIPTEL, de conformidad con lo establecido por el artículo 33º de la Ley Nº 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del OOrganismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL.
APELADA - TSC
Cuerpo Colegiado:
Demandante: Ditel Corporation S.A.
Demandado: Telefónica del Perú S.A.A.
Materia: Interconexión.
Resolución Apelada: Resolución N° 002-2003-CCO/OSIPTEL.
Descripción:Controversia planteada por Ditel Corporation contra Telefónica del Perú por presuntas infracciones al artículo 4° del Reglamento General de Infracciones y Sanciones, y a las normas de Interconexión, en las cuales habría incurrido TdP al haber mantenido suspendido el servicio de interconexión.El CCO declaró que se produjo la sustracción de la materia respecto de la demanda presentada por DITEL, declarándose concluido el procedimiento.
El TSC declaró nula la resolución emitida por el CCO devolviendo el expediente a fin de que se continúe el trámite en primera instancia.
Posteriormente, el CCO declaró infundada en todos sus extremos la denuncia presentada por Ditel contra Telefónica por presuntas infracciones al Reglamento General de Infracciones y Sanciones, así como al TUO de las Normas de Interconexión; declaró fundada la reconvención presentada por Telefónica contra Ditel, por haber presentado una demanda maliciosa e, impuso a Ditel una multa de 35 UIT.
Demandante:Telefónica del Perú S.A.A
Demandado:Nortek Communications S.A.C
Inicio: 24 - Jul - 2003
Conclusión: 14 - Feb - 2006
Estado:Culminado
Solicitud:De parte
Materia: Interconexión
Descripción:Controversia planteada por supuestas infracciones a las normas de interconexión y comisión de actos de competencia desleal.
APELADA - TSC
Cuerpo Colegiado:
Demandante: Telefónica del Perú S.A.A.
Demandados: Nortek Communications S.A.C., Limatel S.A., y Full Line S.A.C.
Materia: Competencia Desleal / Interconexión.
Resolución Apelada: Resolución N° 011-2005-CCO/OSIPTEL.
Descripción: Controversia planteada por Telefónica del Perú contra Nortek Communications, por la supuesta comisión de actos de competencia desleal bajo la modalidad de denigración, violación de normas y violación de la cláusula general, así como infracciones a las normas de Interconexión.
El CCO declaró fundados, infundados e improcedentes diversos extremos de la denuncia.
El TSC confirmó la resolución del CCO en los extremos en que se declaró que Limatel habría incurrido en infracciones a las normas de interconexión y que se le sancionaba con una multa ascendente a 60 UITs, dejando por lo demás firme la resolución en todos sus extremos.
Demandante:Nextel del Perú S.A
Demandado:Telefónica del Perú S.A.A
Inicio: 4 - Jul - 2003
Conclusión: 17 - Feb - 2004
Estado:Concluido
Solicitud:De parte
Materia: Interconexión
Descripción:Controversia planteada por supuesto incumplimiento de las obligaciones derivadas de la relación de interconexión entre ambas empresas.
La controversia culminó en primera instancia administrativa al aceptarse el desistimiento formulado por Nextel respecto de su demanda contra Telefónica.
Cuerpo Colegiado: