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OSIPTEL coordina el restablecimiento de los servicios móviles en la provincia de Putumayo (Loreto)

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) informa a la ciudadanía lo siguiente:

  1. El miércoles 31 de enero de 2024, se reportó la afectación de 177 estaciones base (antenas) de tecnología 2G de la empresa Claro, por una falla internacional del satélite, lo que provocó la interrupción del servicio móvil en varios centros poblados de diversas regiones a nivel nacional.
  2. Desde el primer día de reportado el suceso, el OSIPTEL inició las coordinaciones para supervisar el restablecimiento del servicio en la totalidad de las localidades afectadas, lo que se produjo de manera gradual, tal como se dio cuenta en el comunicado emitido el pasado 8 de febrero.
  3. De acuerdo al Centro de Monitoreo del OSIPTEL, el centro poblado de San Antonio del Estrecho, en la provincia de Putumayo (Loreto), fue una de las localidades afectadas en la que quedo pendiente la reposición del servicio móvil de Claro. En dicho lugar también se detectaron fallas en los equipos de energía de la empresa Movistar (miércoles 7 de febrero de 2024), lo que provocó la interrupción del servicio móvil.
  4. La Oficina Regional del OSIPTEL en Loreto inició las coordinaciones con la Municipalidad de San Antonio del Estrecho y las autoridades de la Fuerza Aérea del Perú (FAP) de la región para que el personal técnico de ambas empresas operadoras lograra desplazarse en vuelo a dicha localidad de frontera a fin de reponer los servicios interrumpidos.
  5. El miércoles 14 de febrero de 2024, personal de Movistar llegó a San Antonio del Estrecho, logrando restablecer el servicio móvil.
  6. Respecto al servicio prestado por Claro, su personal técnico se desplazará a la mencionada localidad el sábado 17 de febrero de 2024 para realizar acciones correctivas y restablecer el servicio.
  7. La Dirección de Fiscalización e Instrucción del OSIPTEL monitorea continuamente, con el apoyo de las oficinas regionales a nivel nacional, que las empresas operadoras presten los servicios públicos de telecomunicaciones dentro de la normatividad vigente.
  8. Cabe recordar que las empresas operadoras tienen la obligación de realizar la devolución a los abonados afectados, en el recibo correspondiente, por el tiempo en que el servicio haya estado interrumpido. El OSIPTEL verificará el cumplimiento de las devoluciones a los usuarios afectados.

 

Lima, 16 de febrero de 2024

Oficina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales

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