El objetivo principal de las medidas temporales aprobadas por OSIPTEL es fortalecer la seguridad en la contratación y gestión del servicio público móvil durante la vigencia del Estado de Emergencia, mediante la implementación de procedimientos de validación de identidad, regularización de registros, establecimiento de límites de contratación y otras acciones orientadas a garantizar la correcta prestación del servicio público móvil y reducir el uso indebido de servicios públicos móviles.
Garantizar que la información de los abonados sea veraz, consistente y actualizada, permitiendo la trazabilidad del servicio móvil y la detección oportuna de irregularidades en su contratación y gestión.
Por un lado, a las personas naturales, nacionales o extranjeras, que tengan más de diez (10) servicios públicos móviles registrados bajo su titularidad, quienes deberán validar su identidad ante la empresa operadora correspondiente.
Por otro lado, a las empresas operadoras, quienes deberán aplicar el procedimiento respectivo para validar la identidad.
OSIPTEL verifica la cantidad de servicios públicos móviles contratados por cada abonado a través del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (RENTESEG).
Deben validar la identidad únicamente de sus propios abonados que tengan más de diez (10) servicios públicos móviles, sin extender esta verificación a servicios contratados con otras empresas.
Las empresas operadoras envían mensajes de texto diarios y correos electrónicos, durante cinco días hábiles consecutivos, informando la necesidad de regularizar la titularidad de sus servicios.
Deben indicar que el abonado tiene más de diez (10) servicios públicos móviles, la obligación de regularizarlas, los canales habilitados para hacerlo y el plazo máximo antes de la suspensión y posterior baja del servicio.
La regularización se realiza de forma presencial en centros y/o puntos de atención de la empresa operadora, mediante verificación biométrica del abonado y de la persona que interviene en el trámite.
La empresa operadora suspende el servicio público móvil y, si en un plazo de tres meses no se regulariza, procede a darlo de baja de manera definitiva.
Es un procedimiento acelerado que permite suspender y dar de baja servicios públicos móviles cuyos datos del abonado no coinciden con la información oficial del Reniec o Migraciones.
La empresa operadora notifica al abonado durante dos (2) días calendario; si no se regulariza, suspende el servicio por dos (2) días calendario y luego ejecuta la baja inmediata.
La contratación debe realizarse de manera presencial, con verificación biométrica ante Migraciones o validación del carné de identidad emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores, según corresponda.
La empresa operadora ejecutará la baja del servicio público móvil prepago en caso detecte que, durante los tres (3) días calendarios posteriores a la activación del servicio, no ha cursado tráfico de voz y/o datos, llamadas entrantes y/o salientes.
Una persona natural solo puede contratar un (1) servicio público móvil por empresa operadora en un mismo mes calendario, salvo en casos de portabilidad numérica.