A acceder a la primera línea telefónica, sin que se te condicione dicho acceso a tu capacidad crediticia como abonado, ni se limite tu derecho a elegir el plan tarifario que te resulte más conveniente, salvo que tengas antecedentes de uso indebido o de otro tipo de actos ilícitos comprobados.
A solicitar el bloqueo y desbloqueo del acceso automático a los servicios de larga distancia nacional e internacional, a los servicios ofrecidos a través de la serie 808 y a las llamadas locales hacia los servicios públicos móviles.
A solicitar el servicio de facturación detallada, siendo gratuita únicamente aquella que corresponda al ciclo de facturación previo a tu solicitud.
A que en caso de falta de pago del recibo, la empresa operadora no te suspenda el servicio, salvo que hayan transcurrido quince (15) días útiles de la fecha de vencimiento del recibo.
A que se te brinde el servicio de información de guía telefónica actualizada de todos los abonados del servicio de telefonía fija a través del número 103, durante las veinticuatro (24) horas del día.
A tener acceso gratuito a números de emergencia.
A que tus datos aparezcan listados gratuitamente en la guía telefónica, la misma que podrá ser entregada, a través del medio electrónico o informático que la empresa operadora hubiera dispuesto para tal efecto. Si requieres la guía telefónica impresa, debes solicitar expresamente a tu empresa operadora, su envío a tu domicilio. La empresa operadora te informará sobre la fecha de entrega, la cual no excederá de los treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de tu solicitud del abonado.